son cargas obligatorias que las personas y empresas deben pagar al Estado para financiar la ejecución de obras de infraestructura (carreteras, puertos, colegios, hospitales) y prestar servicios públicos de salud, educación, defensa, programas sociales, y otros. La recaudación de tributos en el Perú se sustenta en tres tipos de impuestos: el Impuesto a la Renta (IR); el Impuesto General a las Ventas (IGV) y el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).
El primero grava los
ingresos de las personas naturales y jurídicas; los dos últimos se aplican a la
producción y al consumo.Pero siempre se presentan “anomalías”: la evasión y la
elusión de impuestos, dos caminos –uno ilegal y el otro aparentemente lícito–
utilizados por algunas empresas y contribuyentes con el mismo objetivo de
evitar el pago de impuestos.
La evasión fiscal es la
acción de evadir el pago de los impuestos utilizando maniobras fraudulentas u
omisivas, lo cual constituye delito de defraudación tributaria. Consiste en
ocultar ingresos, simulación o exageración de gastos deducibles, aplicación de
desgravaciones y subvenciones injustificadas, entre otras modalidades.
Con respecto a la elusión
fiscal, esta modalidad es considerada también como un acto de defraudación
fiscal, que mediante el aprovechamiento de los vacíos legales tiene el
propósito de reducir o eludir el pago de los tributos.
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